Desde la Subdirección General de Impulso e Innovación de los Servicios Digitales, perteneciente a la Dirección General de Transformación Digital de la Administración de Justicia, como responsables del desarrollo tecnológico del Servicio Electrónico de Microempresas, en adelante SEM, y de LexNET, se informa que, desde la entrada en funcionamiento del rol de administrador concursal en el SEM, cuando el usuario selecciona en la plataforma el rol de administrador concursal, en los territorios donde hay conectividad con LexNET, los escritos son remitidos desde la plataforma a LexNET con el rol de administrador concursal y no de abogado por lo que las comunicaciones que se reciban posteriormente para estos escritos se recibirán a través del buzón de LexNET de dicho rol. Para escritos enviados desde el SEM con el rol de abogado, las comunicaciones de LexNET posteriormente se recibirán en el buzón del perfil de abogado en LexNET
En consecuencia, resulta conveniente utilizar tanto el rol de abogado como el de administrador concursal para poder recibir todas las notificaciones que remitan los órganos judiciales, teniendo en cuenta que algunas estarán dirigidas al profesional como abogado y en otras al mismo profesional, pero como administrador concursal. No acceder con el rol adecuado puede suponer que se produzcan notificaciones tácitas por el transcurso de los 3 días previsto en la ley procesal.
Para dar de alta el ROL de Administrador Concursal, es el propio Juzgado quien tramita la petición.